Subsidio por Fallecimiento

  • El Asociado deberá estar al día con el pago de la Cuota Social y las de Servicio para recibir el Subsidio.
  • Deberá tener una antigüedad de seis meses consecutivos.
  • El subsidio se pagara únicamente al Beneficiario declarado por el Socio Titular.
  • El Beneficiario declarado debera presentar el Certificado de Defunción expedido por autoridad competente acreditando su identidad.

El subsidio no se pagará si:

  • El Asociado Activo no se encontrara al día con los compromisos asumidos con la entidad.
  • Las causales establecidas por el reglamento INAES así lo establezcan.
  • No existe la declaración de Beneficiario presentada en la mutual.